La ley de salud mental contempla dos tipos internaciones, voluntaria e involuntaria. La involuntaria si el usuario no está en condiciones de comprender la firman los responsables legales y deben informarle al juez , los motivos por los cuales el equipo de salud deciden internar, el motivo siempre es el riesgo cierto e inminente para si o para terceros. Y la misma no puede exceder los 10 días máximo, con posibilidades de que se extienda por el juez si el riesgo no cede en ese periodo
Lic Alejandra González Langer